A la hora de construir nuestra propia vivienda es necesario conocer cuáles son los pasos a seguir y los papeles que es necesario presentar de tal forma que no surja ningún contratiempo y todo salga según lo previsto.
- En primer lugar debemos liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y los Actos Jurídicos Documentados derivados de la adquisición del terreno. Todo esto se hará en la Delegación Territorial de la Agencia Tributaria. Seguidamente hay que escriturar el terreno ante Notario e inscribirlo en el Registro de Propiedad.
- Tras hacer los primeros papeles previos, hay que dirigirse al Ayuntamiento donde se solicitarán en primer lugar la Copia de las Normativas de Edificación, el Plano de Situación del Terreno y el Plano Topográfico. Con estos documentos será necesario hacer un Estudio Topográfico.
- El Estudio Topográfico consistirá en un Estudio Geotécnico para comenzar el proyecto de la casa, un Estudio Básico de Seguridad y Salud y un Seguro de Garantía Decenal, muy necesario para poder escriturar la casa.
- Seguidamente llegamos a la parte de la construcción de la casa, donde juega un papel importante el arquitecto que dirigirá la obra. Atendiendo a los deseos del cliente realizará un Proyecto Básico con los planos de la vivienda, estructura y número de plantas, y el Proyecto de Ejecución Material. Ambos proyectos se presentarán ante el Colegio Oficial de Arquitectos para su aprobación y seguidamente se presentarán junto con el Estudio Geotécnico, el de Seguridad y el de Salud para su aprobación en el Pleno Municipal.
- Se entregará el proyecto a varias constructoras para comparar diferentes presupuestos.
- Una vez finalizada la construcción de la vivienda, el arquitecto debe de emitir el Certificado Final de Obra y el Libro de Órdenes que deben de ser aprobados por el Colegio Oficial de Arquitectos de la comunidad autónoma en la que se construya la vivienda. Seguidamente se presentarán ante el Ayuntamiento para obtener la Licencia de Primera Ocupación.
- Y para terminar, hay que firmar la Escritura de Obra Nueva ante Notario y pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Una vez inscrita la vivienda en el Registro de la Propiedad podremos disfrutar de nuestra nueva casa.
Foto: Azulejos Cerni